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Negligencias médicas en Sevilla: cómo reclamar y por dónde empezar

Qué plazos hay, qué vía corresponde en la sanidad pública y en la privada, y los recursos gratuitos para dar los primeros pasos.

Por Juan Manuel Calderón Godoy, abogado (ICAS nº 7.291), autor del tratado Litigación por negligencias sanitarias ·

Respuesta rápida

Hay negligencia médica cuando la asistencia no se ajustó a lo que exigía la buena práctica (la lex artis) y eso causó un daño, o cuando no se informó al paciente de un riesgo que luego se produjo. En la sanidad pública (SAS en Andalucía, SES en Extremadura) se reclama con una reclamación de responsabilidad patrimonial en el plazo de un año desde la estabilización de las secuelas. En una clínica privada se reclama en la vía civil: un año si no había contrato y cinco si lo había. El primer paso siempre es pedir la historia clínica completa.

Dónde se reclama en Sevilla

Si la asistencia fue en un hospital o centro de salud del SAS, la reclamación se dirige al propio Servicio Andaluz de Salud. Si la rechaza o no responde en seis meses, el caso pasa a la jurisdicción contencioso-administrativa. Si fue en una clínica privada, la demanda se presenta ante la jurisdicción civil, contra la clínica, el profesional y sus aseguradoras, tras intentar antes un medio adecuado de solución de controversias (MASC).

Las reclamaciones por negligencias médicas las llevo de forma específica en abogadonegligenciasmedicas.es, donde explico el método con el que valoro cada caso y atiendo consultas de toda Andalucía y Extremadura.

Recursos gratuitos para empezar

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo hay para reclamar una negligencia médica?

En la sanidad pública, un año desde que se conoce el alcance definitivo de las secuelas o desde el fallecimiento. En una clínica privada, un año si no había contrato y cinco si lo había. Por un producto sanitario defectuoso, tres años.

¿Se reclama igual en el SAS que en una clínica privada?

No. Frente al Servicio Andaluz de Salud o el Servicio Extremeño de Salud se presenta una reclamación de responsabilidad patrimonial y, si se rechaza, un recurso contencioso-administrativo. Frente a una clínica privada se reclama en la vía civil, con un intento previo de MASC.

¿Qué hago primero?

Pedir por escrito la historia clínica completa de cada centro y comprobar el plazo. Con eso se puede valorar si hay caso.

¿Cree que ha sufrido una negligencia médica?

Cuéntenos lo ocurrido de forma confidencial. Le diremos por escrito si vemos caso antes de reclamar nada.

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